MÉXICO CUENTA CON el 1er. ESTÁNDAR NACIONAL DE COMPETENCIA EN Salud Respiratoria: OXIGENOTERAPIA

EC1877: un avance para la seguridad del paciente y la profesionalización de los cuidados respiratorios


El 28 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo mediante el cual CONOCER aprobó el Estándar de Competencia EC1877: «Proporcionar el servicio de oxigenoterapia para la oxigenación tisular del paciente».

Este resultado representa un avance para la Medicina Respiratoria mexicana. Por primera vez, esta función cuenta con un referente nacional específico que permite evaluar, mediante criterios establecidos, los conocimientos, habilidades, desempeños y actitudes necesarios para proporcionar oxigenoterapia de manera segura.

Su desarrollo fue posible gracias al trabajo del Comité de Gestión por Competencias para el Fortalecimiento, Promoción, Distribución y Fomento de la Salud Respiratoria, con participación de especialistas e instituciones del sector.

Sin embargo, es indispensable aclarar el significado y los alcances de esta publicación.

¿QUÉ SÍ IMPLICA?

1. Reconocimiento oficial de una competencia.

México dispone de un estándar nacional que establece criterios para evaluar la prestación del servicio de oxigenoterapia.

2. Posibilidad de certificación individual.

Los trabajadores que desempeñan esta función podrán demostrar sus competencias mediante evaluaciones realizadas por prestadores acreditados para el EC1877, conforme a los procedimientos del CONOCER.

3. Reconocimiento de la experiencia profesional.

La certificación se basa en demostrar competencia, independientemente de que los conocimientos se hayan adquirido mediante educación formal, capacitación o experiencia laboral.

4. Fortalecimiento de la calidad hospitalaria.

Los establecimientos podrán utilizar el estándar como referente para desarrollar programas de capacitación, evaluar competencias, identificar necesidades educativas y fortalecer la seguridad del paciente.

5. Un nuevo instrumento para la educación respiratoria.

Las instituciones podrán diseñar programas formativos alineados con el EC1877, favoreciendo criterios compartidos entre hospitales y regiones del país.

¿QUÉ NO IMPLICA?

Es importante señalarlo con toda claridad:

• NO significa que todos los profesionales que administran oxígeno en México estén legalmente obligados a obtener esta certificación.

• NO obliga a los Terapeutas Respiratorios, médicos, enfermeras u otros profesionales a inscribirse en un curso determinado.

• NO establece que la capacitación sea requisito previo para presentar la evaluación de competencia.

• NO sustituye títulos profesionales, cédulas, autorizaciones sanitarias ni las disposiciones legales que regulan el ejercicio profesional.

• NO concede automáticamente nuevas atribuciones clínicas a quienes obtengan el certificado.

• NO otorga exclusividad a ninguna institución para impartir capacitación o desarrollar procesos de evaluación.

Los cursos pueden ser útiles para quienes necesitan fortalecer sus conocimientos o habilidades, pero una persona competente puede solicitar directamente su evaluación ante un prestador acreditado, sin cursar previamente un programa de formación.

¿QUÉ RELACIÓN TIENE CON LA CERTIFICACIÓN DE HOSPITALES?

México ha establecido el Modelo de Certificación y Estandarización de Buenas Prácticas en Atención de Servicios de Salud (MOCEBPASS), coordinado por el Consejo de Salubridad General.

Este modelo incluye requisitos relacionados con la evaluación de competencias, capacitación continua, verificación de credenciales y desempeño del personal.

En ese contexto, el EC1877 puede convertirse en una herramienta valiosa.

Un hospital podrá incorporar la certificación en oxigenoterapia a sus políticas de calidad, perfiles de puesto o programas de desarrollo profesional, cuando resulte pertinente y compatible con la normativa laboral y sanitaria aplicable.

Sin embargo, debe distinguirse entre una decisión institucional y una obligación establecida para todos los hospitales del país.

El MOCEBPASS no convierte automáticamente la certificación EC1877 en un requisito obligatorio para todo el personal que utiliza oxígeno.

UN AVANCE PARA TODOS, NO UNA IMPOSICIÓN

La finalidad de este trabajo no es obligar a los profesionales a tomar cursos ni crear barreras económicas o laborales.

Es ofrecer un instrumento nacional para reconocer competencias, fortalecer la formación y mejorar la seguridad de las personas que necesitan oxigenoterapia.

La experiencia clínica de miles de profesionales mexicanos merece ser reconocida mediante mecanismos objetivos, accesibles y transparentes.

La publicación del EC1877 (Propiedad de SEP-CONOCER) es el comienzo de una nueva etapa. Su verdadero valor dependerá de que instituciones, educadores, evaluadores y profesionales lo utilicen con responsabilidad, respetando sus alcances y poniendo siempre en el centro la seguridad del paciente.

La competencia se demuestra. La educación la fortalece. La Certificación la reconoce.

Dr. Alberto López Bascope, Presidente Comité de Gestión por Competencias en Salud Respiratoria — México, Nov. 2026.

Fuentes: Diario Oficial de la Federación, 28 de octubre de 2026; CONOCER, EC1877 y Preguntas frecuentes sobre certificación; Consejo de Salubridad General, Manual del MOCEBPASS para Hospitales, 2026.